CAPACITACIÓN SENCE

¿Cómo beneficia la franquicia tributaria SENCE a tu empresa?

SENCE es la principal herramienta de desarrollo de competencias para la competitividad de las empresas y la productividad de los trabajadores.

El Estado incentiva el desarrollo de actividades de capacitación mediante el otorgamiento de una Franquicia Tributaria a las empresas contribuyentes de la Primera Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta y se descuenta del monto a pagar de sus impuestos anualmente.

Las empresas pueden rebajar de sus impuestos los montos invertidos en capacitación según la categoría en que se encuentren:

  • Empresas con una planilla anual de remuneraciones mayor a 35 UTM e inferior a 45 UTM y que registren cotizaciones previsionales pagadas correspondientes a esa planilla, podrán deducir hasta 7 UTM en el año.
  • Empresas con una planilla anual de remuneraciones igual o superior a 45 UTM y registren cotizaciones previsionales pagadas correspondientes a esa planilla, podrán deducir hasta 9 UTM en el año, en el caso que su 1% sea inferior a este valor.

Por otra parte, a través de la realización de un Estudio de Detección de Necesidades, la empresa podrá imputar hasta el 10% de los costos directos visados por el SENCE en el periodo anual, dentro del límite general del 1% de su planilla anual de remuneraciones o las 9 o las 7 UTM según sea el caso.

Para llevar a cabo un “Estudio de Detección de Necesidades” eficiente se deben llevar a cabo los pasos en los tiempos estipulados por SENCE.

¿Cuáles son los costos que se pueden imputar a la Franquicia?

Los costos Directos, son todos aquellos gastos en que incurren las empresas con ocasión de desarrollar acciones de capacitación por sí mismas o que contraten con Organismos Capacitadores; como también los montos que las empresas aporten a los Organismos Técnicos Intermedio (OTIC), y cuyo monto máximo no puede exceder el 1% de la planilla anual de remuneraciones imponibles de la empresa.

Costos Indirectos, son gastos relacionados con las actividades de capacitación de las empresas y que la ley autoriza expresamente para imputar a la Franquicia Tributara, hasta la concurrencia de determinados montos que señala dicha norma legal.

Corresponde a este tipo costos: los viáticos y traslados Son gastos relacionados con las actividades de capacitación de las empresas y que la ley autoriza expresamente para imputar a la Franquicia Tributara.

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